Santa Fe Deportivo
·16 de novembro de 2024
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El Gobierno recibió una mala noticia en el marco del impulso hacia las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD): la Justicia falló a favor de Claudio «Chiqui» Tapia. De esta manera, quedó anulada la resolución 793/2024 que había emitido la Inspección General de Justicia (IGJ), donde se daba por inválida la asamblea general de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) donde resulto reelecto el dirigente.
En octubre, Tapia fue nuevamente ungido como presidente de la AFA en la Asamblea General Ordinaria, aunque el titular de la IGJ, Daniel Vítolo, había asegurado que la convocatoria había sido »totalmente inválida», donde además el organismo que funciona de manera independiente al Ministerio de Justicia determinó »declarar la irregularidad e ineficacia total a los efectos administrativos de la convocatoria a Asamblea General Ordinaria de la AFA para el 17 de octubre».
Dicha asamblea proclamó a Tapia, único candidato, por 44 votos a favor, mientras que también se nombró a un nuevo Comité Ejecutivo con el ingreso del presidente de Boca Juniors, Juan Román Riquelme, como vicepresidente de la institución nacional. Esa situación avivó aún más la tensión con el Gobierno, en el marco de sus planes para permitir la entrada de las SAD en el fútbol argentino.
En ese momento, la IGJ argumentó que dicha asamblea fue convocada fuera de un plazo establecido y sin respetar normas estatuarias, además de citar la denuncia que realizó Talleres de Córdoba. En contraparte, la AFA negó las acusaciones y aseguró que actuó bajo los estatutos vigentes, algo que la Cámara terminó aprobando.
En el escrito se detalla que la IGJ »adolece de razonabilidad y motivación pues las razones en que presuntamente intenta darle sustento resultan meramente aparentes ya que no sólo la convocatoria al acto asambleario no emerge -según sus propios antecedentes- como violatoria del estatuto sino que, menos aún, se advierte contrario o lesivo de los derechos de los asociados. No sólo eso, sino que a partir de la inobservancia de brindar oportunidad a la entidad a ejercer su derecho de defensa, se concluye en la ilegitimidad de la resolución impugnada».
De esta manera, determinaron que la IGJ no presentó argumentos de peso, además de hacer hincapié en la falta de consulta previa y la omisión del derecho de defensa en el proceso administrativo. Así, la Justicia resolvió: »Admitir las quejas esgrimidas; declarar la nulidad de la Resolución 793/2024 del 14 de octubre de 2024 emitida por el Sr. Inspector General de Justicia y revocar lo allí decidido».
Bajo esa línea, se ratifica la legitimidad de la asamblea que otorgó la reelección a Tapia, aseverando que la IGJ no tiene poder para intervenir de manera arbitraria en la gestión interna de las asociaciones civiles.