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·11 Juni 2025
Desde 2026, clubes de Primera y del Nacional deben tener “Director Deportivo”

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“La Asociación del Fútbol Argentino (AFA), con domicilio en la calle Viamonte 1366/76 de esta ciudad, representada en este acto por su presidente del Comité Ejecutivo, Sr. Claudio Fabián Tapia, y su secretario, Sr. Cristian Ariel Malaspina, por una parte; y Futbolistas Argentinos Agremiados (FAA), con domicilio en la calle Salta 1144 de esta ciudad, representada en este acto por su secretario general, Sr. Sergio Raúl Marchi, y su secretario administrativo, Sr. Cristian Darío Aragón, por la otra, acuerdan:
.PRIMERO: Establecer la creación de la Licencia Pro del cargo de Director Deportivo, como instrumento destinado a jerarquizar y profesionalizar dicho rol dentro de los clubes que participan en competencias organizadas por la Asociación del Fútbol Argentino.
.SEGUNDO: La Licencia Pro será otorgada por Futbolistas Argentinos Agremiados, con la validación institucional de la Asociación del Fútbol Argentino, en el marco de la Diplomatura Universitaria en Dirección Deportiva organizada por Futbolistas Argentinos Agremiados. Dicha diplomatura es dictada en la órbita de la Universidad Nacional de Tres de Febrero (UNTREF), y fue creada mediante Resolución UNTREF Nº 3827-2022. La UNTREF es la encargada de otorgar el diploma correspondiente, junto con su certificado analítico oficial, conforme las disposiciones académicas y administrativas vigentes.
TERCERO: A los efectos del presente acuerdo, se entenderá por Director Deportivo a la persona que intervenga en las decisiones estratégicas, deportivas y organizativas del plantel profesional de fútbol de un club, en articulación con las distintas áreas de la institución.
.CUARTO: AFA y FAA se comprometen a promover la implementación progresiva y obligatoria de la Licencia Pro del cargo de Director Deportivo en los clubes que participan de las competencias organizadas por AFA.
.QUINTO: Se faculta a las áreas competentes de AFA y FAA a dictar la reglamentación necesaria para la ejecución e implementación del presente acuerdo, incluyendo los aspectos relativos a la inscripción de la Licencia en los sistemas informáticos oficiales, su reconocimiento a nivel nacional, y su exigibilidad por categoría.
.SEXTO: El presente acuerdo tendrá vigencia a partir de su firma y permanecerá en vigor mientras no sea modificado o sustituido por acuerdo expreso de AFA Y FAA. En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.
Desde 2026, clubes de Primera y del Nacional deben tener “Director Deportivo”
Artículo 1° – Objeto: La presente reglamentación tiene por objeto establecer los requisitos, condiciones, plazos y modalidades para la implementación de la Licencia Pro del cargo de Director Deportivo, conforme el acuerdo celebrado entre Futbolistas Argentinos Agremiados (FAA) y la Asociación del Fútbol Argentino (AFA).
Artículo 2° – Definición de la Licencia Pro: La Licencia Pro del cargo de Director Deportivo es la credencial habilitante otorgada por Futbolistas Argentinos Agremiados, con validación institucional de AFA, a aquellas personas que hayan aprobado la Diplomatura en Dirección Deportiva organizada por FAA. Dicha diplomatura es dictada en la órbita de la Universidad Nacional de Tres de Febrero (UNTREF), y fue creada mediante Resolución UNTREF Nº 3827-2022. La UNTREF es la encargada de otorgar el diploma correspondiente, junto con su certificado analítico oficial, conforme las disposiciones académicas y administrativas vigentes.
Artículo 3° – Inscripción en el sistema COMET: La Licencia Pro deberá encontrarse registrada en el sistema informático COMET de la Asociación del Fútbol Argentino, constituyendo condición necesaria para que la persona que ejerza el cargo de Director Deportivo pueda ser incorporada al plantel oficial del club.
Unión es uno de los 3 equipos de Primera que no tiene esa posición. Crédito: Fernando Nicola
Artículo 4° – Ámbito de aplicación y cronograma de exigibilidad: La exigencia de contar con un Director Deportivo con Licencia Pro se implementará conforme al siguiente cronograma: 1) A partir de la temporada 2026: será obligatoria para todos los clubes que participen en la Liga Profesional de Fútbol y en la Primera Nacional. 2) A partir de la temporada 2027: será obligatoria para todos los clubes que participen en la Primera B Metropolitana, Primera C, Federal A y en la Primera División del Fútbol Profesional Femenino.
Artículo 5° – Validación de egresados anteriores: Las personas que hayan finalizado la Diplomatura en Dirección Deportiva organizada por FAA en años anteriores podrán solicitar la validación de sus estudios para la obtención de la Licencia Pro. La solicitud será evaluada por la comisión técnica designada por FAA y validada por AFA.
Artículo 6° – Autoridad de aplicación: La implementación, control y supervisión de la presente reglamentación estará a cargo de Futbolistas Argentinos Agremiados, en coordinación con la Asociación del Fútbol Argentino. Cualquier situación no prevista será resuelta por consenso entre ambas instituciones.