Jornada Perfecta
·2 de junio de 2023
¿Qué sanciones se cumplirán en la J1 de la 23/24?

In partnership with
Yahoo sportsJornada Perfecta
·2 de junio de 2023
Es una de las dudas más candentes en el universo fantasy. ¿Se arrastran las sanciones de esta temporada para la 23/24? ¿Deja de tener efecto la quinta cartulina amarilla recibida en la última jornada? La respuesta es clara a pesar de ser un tema que siempre genera algo de controversia. Desde Jornada Perfecta te explicamos qué ocurre en este caso y cómo afecta a los jugadores de LaLiga.
La RFEF emitió una circular en la que se cambiaba la norma. Es decir, las sanciones por amarillas dejan de tener efecto en la siguiente campaña.
Cambios que fueron finalmente aprobados por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes en su sesión de fecha 19 de mayo de 2020. Sin duda el más importante y que afecta a la primera jornada radica en el artículo 112 relativo a la sanción consistente en la acumulación de amonestaciones. El punto cuarto del mismo recoge la exención de responsabilidad disciplinaria para los jugadores y las jugadoras que hayan sido sancionados con la última amonestación del ciclo correspondiente en el último encuentro que su equipo hubiera tenido ocasión de disputar en la competición que se trate durante la temporada anterior, no teniendo que cumplir, por ende, el partido de sanción como consecuencia de la acumulación del número de amonestaciones establecido para cada competición.
1. En el Campeonato Nacional de Liga, la acumulación de cinco de aquellos correctivos en el transcurso de la misma temporada y competición determinará la suspensión por un partido.
2. Cumplida la sanción, se iniciará un nuevo ciclo de la misma clase y con idénticos efectos.
3. El futbolista que en el transcurso del partido provoque la quinta amonestación a que hace méritos el presente artículo, podrá ser sancionado, además de con la sanción prevista en el párrafo primero de este artículo, con un partido adicional de suspensión y multa accesoria en cuantía de 600 €. Para la determinación de la intención del futbolista se tendrán en cuenta circunstancias tales como la naturaleza de la regla del juego infringida, la actitud del futbolista durante el encuentro, etc. A tal efecto, el árbitro del encuentro estará habilitado para hacer constar tal circunstancia en el acta arbitral.
4. La regla contenida en el presente artículo no será de aplicación en aquellos casos en que la amonestación con la que el jugador cumpliría el ciclo a que esta norma hace referencia, tenga lugar en el último partido que el club dispute en la competición de que se trate.
Aquellos que vean la quinta amarilla en el ultimo partido de la temporada NO tendrán que cumplir sanción en la primera jornada liguera.
Por lo tanto, sólo se cumple en caso de que fuera expulsado por doble amarilla o roja directa.